El Instituto de Salud Pública de Chile (ISP) informa que, debido a la emergencia y al estado de catástrofe declarado para las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía se ha implementado un proceso prioritario para la autorización de donaciones de medicamentos. Con el objetivo de asegurar el abastecimiento sanitario en las zonas afectadas, se establecen las siguientes directrices:
- Canales de Tramitación:
Para agilizar la recepción, se disponen los siguientes mecanismos de ingreso:
- Canal Manual: Oficina de Gestión de Trámites del ISP, utilizando los formularios:
- Código 4111036: Medicamentos sin registro sanitario en Chile.
- Código 4111123: Medicamentos con registro sanitario vigente.
- Medidas de Flexibilidad y Exención Legal:
- Exención de Aranceles: En estricto cumplimiento del Artículo 9 letra f) del Código Sanitario, la Directora del Instituto exime del pago de todo arancel a estas solicitudes, por tratarse de un caso calificado de emergencia que afecta a las regiones de Ñuble y Biobío.
- Vigencia de Expiración: Se autoriza la donación de productos con un período de eficacia mínimo de hasta 3 meses antes de su fecha de caducidad.
- Disponibilidad: Se permitirá el ingreso de medicamentos fuera del Formulario Nacional para tratamientos específicos en las zonas de catástrofe.
- Rotulado, Seguridad y Ética Publicitaria:
- Simplificación de Rotulado: Los envases deben incluir la leyenda de «Distribución Gratuita». Se establece explícitamente que no será necesario solicitar el reacondicionamiento del producto, permitiendo el uso del empaque original siempre que la advertencia de gratuidad sea visible y legible.
- Prohibición de Publicidad (Art. 100): La continuidad terapéutica que el donante debe garantizar no podrá ser utilizada, bajo ninguna circunstancia, con fines promocionales. Se recuerda que, según el Artículo 100 del Código Sanitario, queda estrictamente prohibida la publicidad de estas donaciones con fines comerciales o de incentivo, debiendo resguardarse el carácter exclusivamente humanitario del proceso.
- Responsabilidad: El solicitante es el responsable legal de la integridad, transporte y almacenamiento de los fármacos. Sin perjuicio de lo anterior, el ISP se reserva la facultad de realizar inspecciones aleatorias en los puntos de recepción en las regiones de Ñuble y Biobío para verificar las condiciones de almacenamiento.
- Plazo de Respuesta Urgente:
Dada la criticidad de la situación en las regiones de Ñuble y Biobío, el ISP compromete la evaluación técnica y respuesta definitiva a estas solicitudes en un plazo máximo de 24 horas hábiles tras su ingreso.
*Este procedimiento no aplica a productos controlados (Estupefacientes y psicotrópicos).