El Director Técnico del establecimiento autorizado que cuente con drogas y/o productos estupefacientes, psicotrópicos o precursores para distribución o realización de procesos de fabricación, acondicionamiento o control de calidad puede realizar el traslado de drogas y/o productos solo con la guía de despacho, la cual debe ser informada y remitida a este Instituto, de acuerdo a lo indicado en el instructivo y formulario distribución/traslado estupefacientes-psicotrópicos correspondiente.
El Director Técnico del establecimiento autorizado que cuente con drogas y/o productos estupefacientes para devolución por falla de la calidad, error de despacho u otra causa, debe ingresar al Instituto el formulario de solicitud de autorización de devolución de drogas o productos sometidos a control legal y remitir por correo electrónico la lista de drogas y productos en formato Excel.
El Instituto de Salud Pública puede fiscalizar el proceso de traslado o transferencia en cualquiera de sus etapas, por lo que deberá comunicar a este Subdepartamento, todos los movimientos que realice.
INSTRUCTIVO
FORMULARIO
ANEXO (se adjunta al formulario común para todos los establecimientos mencionados)