a) Actuar como laboratorio nacional y de referencia en el campo de Bacteriología, Micología y Parasitología.
b) Apoyar el programa nacional de vigilancia epidemiológica del Ministerio de Salud en los
aspectos de laboratorio (Decreto 158).
c) Evaluar la calidad de las prestaciones de los laboratorios clínicos y bancos de sangre del país, relacionadas con su competencia.
d) Efectuar acciones de Normalización e investigación aplicada.
e) Supervisar los laboratorios locales y capacitar en las materias de su competencia técnica.
f) Ejercer las demás funciones que le encomiende el Director del Instituto en las materias de su Competencia.